Caso del 24 de Mayo de 2007
 
07-03-2008 19:34

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giurisprudenza.jpgResumen: Denegación de permiso de residencia temporal solicitado al amparo del artículo 31.4 de la L.O. 4/2000 (modificada por L. O. 8/2000).
Se alega que aportó junto con la solicitud la documentación necesaria para justificar la concurrencia del arraigo, puesto que a través de dicha documentación acreditó la estancia en España antes del 23 de enero de 2001 y la existencia de una oferta de trabajo. Alega también el recurrente que la Administración no motivó debidamente su decisión denegatoria del permiso solicitado. La Administración aplicaba en aquella época anterior a la entrada en vigor del RD 864/2001, para apreciar la concurrencia del arraigo, unos criterios de carácter transitorio contenidos en la Resolución de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración, de 8 de junio de 2001. La Administración denegó el permiso de residencia temporal sin explicar qué requisito o requisitos era el que no se cumplía. Concurre el arraigo en la medida que concurren las circunstancias y requisitos exigidos por la Administración en esas tan citadas notas informativas que ella misma elaboró.

BDB TS 4238/2007  
Fecha: 24 de mayo de 2007
Órgano: Tribunal Supremo
Sala: Sala III de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5
Ponente: ENRIQUE CANCER LALANNE    Sentencia: no disponible
Recurso: 403 / 2004
Rollo: 403 / 2004

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